LA JUSTICIA QUE RESTAURA[1]
En los años 80´s,
era un tema de primer mundo, casi desconocido, ahora la tenemos cada vez más
cerca pero aún así sigue lejana.
La Justicia Restaurativa (JR) surge
como una alternativa a la Justicia tradicional occidental donde nos enseñan que
es más importante centrarse en el castigo, dónde los procesos son largos y
costosos, donde siempre hay un vencedor y un vencido. La JR por el contrario, tiene como principal objetivo restaurar la
relación, ese vínculo perdido en la comunidad a través del agravio que se ha
cometido; donde es importante el victimario u ofensor pero también es
importante recuperar a la víctima u ofendido/a y donde la comunidad juega un
papel importante. El victimario tiene que aceptar su responsabilidad, aceptando
su culpa y al mismo tiempo tiene que pensar cómo hará para recuperar la
confianza, restablecer la base para la reconciliación. La JR se basará en el ganar- ganar, de manera que el círculo de la
venganza no continúe.
La justicia restaurativa es un conjunto de valores y creencias acerca de
lo que significa la justicia. Lógicamente, que la justicia restaurativa implica
o es un proceso.
La JR reconoce que la
ofensa, delito o el crimen afecta
nuestro sentido de confianza, resultando en sentimientos de desconfianza,
desavenencia y, a veces, de resentimiento.
Frecuentemente crea barreras entre amigos, personas queridas, parientes
y vecinos. El daño causado a la comunidad,
afecta las relaciones que establecemos con aquellos a nuestro alrededor. Así se da la violación de la relación justa que debe
existir entre los individuos. He aquí la
dimensión social de los actos ofensivos
o criminales. Pero para la justicia
restaurativa es claro que los daños no son en primer lugar en contra de la
sociedad, mucho menos contra el estado.
El daño es primero una ofensa contra las personas, contra las víctimas y
es aquí su punto de partida.
Sharpe[2]
sugiere que la Justicia Restaurativa busca: 1)invitar a la completa
participación y al consenso; 2) sanar lo que ha sido roto; 3) buscar completa y
directa responsabilidad; 4) reunir lo que ha sido dividido; y 5) fortalecer a
la comunidad para prevenir daños mayores. La Justicia Restaurativa se centra
primordialmente en reparar los daños hechos a la víctima y a la comunidad. Para
que la restauración tenga lugar, al ofensor se le debe ofrecer una oportunidad
real de ganarse un lugar en la comunidad. Si la comunidad exitosamente atiende
los daños que han sido hechos y a las personas involucradas, los roles de
"víctimas" y "victimarios", serán solamente temporales.
La meta última de la Justicia
Restaurativa: La Reconciliación.
Quizás
ahora se puede apreciar que la justicia restaurativa es ambiciosa porque
pretende facilitarnos un espacio y
momento para hacer las paces, para reconciliar a las víctimas con los
ofensores. Pero la reconciliación no es
un proceso fácil, implica sobre todo un arrepentimiento y el perdón, para luego
poder re-establecer una relación
"positiva" entre las víctimas y los ofensores. Pero sería irreal esperar que la
reconciliación ocurra en todos los casos.
En muchos casos, ninguna reconciliación será lograda.
De ninguna
manera los participantes deben sentirse forzados hacia la reconciliación. La
reconciliación tiene un ritmo y una dinámica propia.
Para muchos la
JR es de otro planeta o solo un cuento de final feliz, pero es posible y ya
está en marcha en países de Latinoamérica como Colombia, Perú, México y en El
Salvador por supuesto. Es aplicado en ambientes pequeños como la escuela o la
comunidad, donde es posible tener un equipo mediador que ayude a analizar el
conflicto y a trabajar con ambas partes.
En el país se
está dando un modelo diferente de Justicia Restaurativa donde se hace una
exposición de emociones sobre hechos violentos de una guerra pasada, donde sólo
la víctima vuelve a dar de sí parte su vida a través de testimonios, mientras
no se ha hecho ningún proceso por la búsqueda para que el victimario se
responsabilice, que en este caso es el que ha violado sus Derechos Humanos[3]
(Se debe tener cuidado que en lugar de ser reparador, sea algo re-victimizante).
La propuesta tendría que completarse con un proceso en el que el Estado busque
la verdad, realice el proceso según la Justicia distributiva y se cumpla una
sentencia. A partir de ahí, siempre y cuando haya un arrepentimiento y
aceptación de la culpa, entonces, sólo si la víctima lo acepta y el victimario
lo busque también, podría entrar a un proceso Justicia Restaurativa y a la
larga a una verdadera reconciliación.
A
diferencia del símbolo tradicional de la Justicia con la balanza, la
Justicia Restaurativa se representa “curando
las heridas”.
[1] Harold Shenk; Un modelo de justicia restaurativa para El Salvador, serie Materiales para la Discusión N° 2,
Yek Ineme, año 2000. Howar Zehr; Restaurando Relaciones, serie Materiales para la Discusión N° 6, Yek
Ineme, año 2001
[2] Harold Shenk; Un modelo de justicia restaurativa para El Salvador,
Op.cit p.10.
[3] Cada año en El Salvador
una organización de Derechos Humanos realiza un acto al que le llaman “Justicia
Restaurativa”. Existe una exposición de testimonios y se hace en sitios con una
memoria histórica, invitando a algunas personas notables que hacen de jueces. http://www.uca.edu.sv/noticias/nota.php?texto=586566138
BUEN ARTICULO, FELICITO TU INICIATIVA POR TRATAR ESTE TIPO DE TEMAS,QUE TANTO AL ESTADO Y A LA SOCIEDAD NOS CUESTA TRABAJO ACEPTAR QUE ES UNA ALTERNATIVA AL SISTEMA PENAL JUVENIL RETRIBUTIVO PRACTICADO EN TODA A.L. Y QUE NO HA DADO RESULTADOS PERTIENENTES SINO MAS BIEN LOS INDICES DE CRIMINALIDAD HAN IDO EN AUNMENTO, EXITOS
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