LA JUSTICIA QUE RESTAURA[1]


En los años 80´s, era un tema de primer mundo, casi desconocido, ahora la tenemos cada vez más cerca pero aún así sigue lejana.
La Justicia Restaurativa (JR) surge como una alternativa a la Justicia tradicional occidental donde nos enseñan que es más importante centrarse en el castigo, dónde los procesos son largos y costosos, donde siempre hay un vencedor y un vencido. La JR por el contrario, tiene como principal objetivo restaurar la relación, ese vínculo perdido en la comunidad a través del agravio que se ha cometido; donde es importante el victimario u ofensor pero también es importante recuperar a la víctima u ofendido/a y donde la comunidad juega un papel importante. El victimario tiene que aceptar su responsabilidad, aceptando su culpa y al mismo tiempo tiene que pensar cómo hará para recuperar la confianza, restablecer la base para la reconciliación. La JR se basará en el ganar- ganar, de manera que el círculo de la venganza no continúe.

La justicia restaurativa es un conjunto de valores y creencias acerca de lo que significa la justicia. Lógicamente, que la justicia restaurativa implica o es un proceso.
La JR reconoce que la ofensa, delito o el  crimen afecta nuestro sentido de confianza, resultando en sentimientos de desconfianza, desavenencia y, a veces, de resentimiento.  Frecuentemente crea barreras entre amigos, personas queridas, parientes y vecinos. El daño causado a la comunidad,  afecta las relaciones que establecemos con aquellos a nuestro alrededor. Así se da la violación de la relación justa que debe existir entre los individuos.  He aquí la dimensión social de los actos  ofensivos o criminales.  Pero para la justicia restaurativa es claro que los daños no son en primer lugar en contra de la sociedad, mucho menos contra el estado.  El daño es primero una ofensa contra las personas, contra las víctimas y es aquí su punto de partida.
Sharpe[2] sugiere que la Justicia Restaurativa busca: 1)invitar a la completa participación y al consenso; 2) sanar lo que ha sido roto; 3) buscar completa y directa responsabilidad; 4) reunir lo que ha sido dividido; y 5) fortalecer a la comunidad para prevenir daños mayores. La Justicia Restaurativa se centra primordialmente en reparar los daños hechos a la víctima y a la comunidad. Para que la restauración tenga lugar, al ofensor se le debe ofrecer una oportunidad real de ganarse un lugar en la comunidad. Si la comunidad exitosamente atiende los daños que han sido hechos y a las personas involucradas, los roles de "víctimas" y "victimarios", serán solamente temporales.
La meta última de la Justicia Restaurativa: La Reconciliación.
 Quizás ahora se puede apreciar que la justicia restaurativa es ambiciosa porque pretende facilitarnos  un espacio y momento para hacer las paces, para reconciliar a las víctimas con los ofensores.  Pero la reconciliación no es un proceso fácil, implica sobre todo un arrepentimiento y el perdón, para luego poder  re-establecer una relación "positiva" entre las víctimas y los ofensores.  Pero sería irreal esperar que la reconciliación ocurra en todos los casos.  En muchos casos, ninguna reconciliación será lograda.
De ninguna manera los participantes deben sentirse forzados hacia la reconciliación. La reconciliación tiene un ritmo y una dinámica propia.
Para muchos la JR es de otro planeta o solo un cuento de final feliz, pero es posible y ya está en marcha en países de Latinoamérica como Colombia, Perú, México y en El Salvador por supuesto. Es aplicado en ambientes pequeños como la escuela o la comunidad, donde es posible tener un equipo mediador que ayude a analizar el conflicto y a trabajar con ambas partes.
En el país se está dando un modelo diferente de Justicia Restaurativa donde se hace una exposición de emociones sobre hechos violentos de una guerra pasada, donde sólo la víctima vuelve a dar de sí parte su vida a través de testimonios, mientras no se ha hecho ningún proceso por la búsqueda para que el victimario se responsabilice, que en este caso es el que ha violado sus Derechos Humanos[3] (Se debe tener cuidado que en lugar de ser reparador, sea algo re-victimizante). La propuesta tendría que completarse con un proceso en el que el Estado busque la verdad, realice el proceso según la Justicia distributiva y se cumpla una sentencia. A partir de ahí, siempre y cuando haya un arrepentimiento y aceptación de la culpa, entonces, sólo si la víctima lo acepta y el victimario lo busque también, podría entrar a un proceso Justicia Restaurativa y a la larga a una verdadera reconciliación.


      A diferencia del símbolo tradicional de la Justicia con la balanza, la      
        Justicia Restaurativa se representa “curando las heridas”.




[1] Harold Shenk; Un modelo de justicia restaurativa para El Salvador, serie Materiales para la Discusión N° 2, Yek Ineme, año 2000. Howar Zehr; Restaurando Relaciones, serie Materiales para la Discusión N° 6, Yek Ineme, año 2001
[2] Harold Shenk; Un modelo de justicia restaurativa para El Salvador, Op.cit  p.10.
[3] Cada año en El Salvador una organización de Derechos Humanos realiza un acto al que le llaman “Justicia Restaurativa”. Existe una exposición de testimonios y se hace en sitios con una memoria histórica, invitando a algunas personas notables que hacen de jueces. http://www.uca.edu.sv/noticias/nota.php?texto=586566138

Comentarios

  1. BUEN ARTICULO, FELICITO TU INICIATIVA POR TRATAR ESTE TIPO DE TEMAS,QUE TANTO AL ESTADO Y A LA SOCIEDAD NOS CUESTA TRABAJO ACEPTAR QUE ES UNA ALTERNATIVA AL SISTEMA PENAL JUVENIL RETRIBUTIVO PRACTICADO EN TODA A.L. Y QUE NO HA DADO RESULTADOS PERTIENENTES SINO MAS BIEN LOS INDICES DE CRIMINALIDAD HAN IDO EN AUNMENTO, EXITOS

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